1 de diciembre de 2017

La ley del bote


La diferencia entre una cubeta y un bote pareciera frívola, intrascendente, banal; si se mira con detenimiento no es casual hacer tal distinción porque resulta que «cubeta» es un artículo doméstico, para usos privados y, en última instancia, hasta «por amor al arte».

Barriles, cubos, botes, baldes y hasta bombonas son igual cubetas, pero en uso profesional. Albañiles, bomberos, afanadores e intendentes se refieren a tal artículo de cualquier modo, que no sea cubeta.

A diferencia de muchas otras iniciativas, reglamentos, leyes y recomendaciones la «Ley del Bote» es acatada pese a no estar inscrita en ningún documento. Consiste en declarar como «exclusivo» para beneficio de una o varias personas un espacio mediante la colocación de un bote.

Cualquier ciudadano, armado con un bote, puede tener a su disposición un espacio en el arroyo vehicular, varios y hay situaciones en que se bloquean arterias completas mediante este ejercicio soberano. Las razones por las cuales una persona, una empresa o los representantes de la autoridad utilizan este recurso van desde la simple soberbia: «tengo un bote, tengo el poder» hasta el bien común: «es indispensable que las ambulancias puedan pasar por ahí».


Como todos mis vecinos saben, así como casi todos mis amigos y muchos de los amigos de mis amigos, no cuento con un automóvil para transportarme por lo que no es raro que incluso en la entrada de mi «cochera» con absoluto desparpajo se estacione un vehículo y más allá de lo molesto que es constatar que los mexicanos con facilidad incumplen el reglamento de tránsito, no deja de ser divertido como se disputan un espacio que no les pertenece. Hacen rabietas, intercambian miradas furiosas (hasta llegan a quejarse conmigo). 


Por simple diversión y sin dar aviso a ninguno de mis vecinos decidí poner un par de botes enfrente a mi cochera. No hubo reclamos, no hubo disputas, el sometimiento fue inmediato de escoltas, clientes de la tamalería y del odontólogo. El Club de motociclistas prefirió colocar sus caballos de acero en la acera y hasta las progenitoras con carreolas acarreaban a sus críos sorteando los obstáculos sin moverlos (con todo que la «licencia de madre», tiene incontables fueros). La fuerza del bote es comparable a la del dinero.

La «Ley del bote» no solo no está consignada en algún reglamento, es una práctica ilegal pues el espacio público (como lo es el arroyo vehícular) solo puede ser limitado por la autoridad; aun así es aceptada por la comunidad y hasta procurada.

Me da la impresión que este no es el único ejemplo de protocolos sociales aceptados por la comunidad. Regionalmente, supongo, habrá muchos otros y estoy tentado a pensar que existe una Constitución «de facto» y otra muy distinta «de iure» 

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